COIP PENALIZARÁ A QUIENES PUBLIQUEN SECRETOS O INFORMACIÓN DE TERCEROS

La Asamblea Nacional del Ecuador reformó el pasado 6 de mayo de 2021 el artículo 179 del Código Integral Penal (COIP) dentro del proyecto de Ley y Violencia Digital en donde hace referencia la penalización judicial al divulgar información de terceros sin el debido consentimiento, sin embargo, existen también sanciones con prisión por exponer información.

Las penalidades por incumplir el artículo 179 puede llegar de seis hasta tres años según lo prescrito en el Código Orgánico Integral Penal en donde hace referencia a la revelación de secreto o información de terceros donde queda establecido qué: “La persona que teniendo conocimiento de un secreto o información personal de terceros cuya divulgación pueda causar daño a otra persona y lo revele, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año”.

José Serrano, presidente de la Comisión de la Justicia solicitó que se reconsidere la votación del pasado 6 de mayo debido a que existen muchos comentarios distorsionados y sin fundamentos, por otra parte, indicó que el fin de esta reforma es ofrecer protección a mujeres, niñas, adolescentes y discapacitados entorno a la situación preocupante en la violencia sexual digital, acoso y hostigamiento.

Serrano aseguró que la finalidad es que la ciudadanía no tenga la menor duda de la existencia de un vacío o eliminar una norma que luche contra la corrupción. El proyecto de Ley aprobado este 6 de mayo pasará a conocimiento del Ejecutivo para su sanción o veto, en un plazo de treinta días.

By Radio Morena

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