¿CUÁNDO PUEDO PAGAR LA MULTA POR NO IR A SUFRAGAR?

Estas elecciones fueron atípicas, puesto que estamos en pandemia y las pocas garantías que se ofrecieron para los votantes para el cuidado de la salud para sufragar, fueron una de las causas para que las personas no se hayan acercado a ejercer el voto.

Para los ciudadanos que tienen entre 18 y 64 años, el voto es obligatorio, por ende, si no sufragaron, serán multados. También serán amonestados económicamente aquellas personas que fueron nombrados como miembros de la Junta Receptora del Voto y no asistieron.

Las personas que no pudieron votar, pero que se acercaron hasta la mesa y recibieron un comprobante de asistencia, deben saber que tiene vigencia para realizar cualquier trámite, sea público o privado y que tiene vigencia de 90 días. Pero esto, no los exime de pagar la multa por no haber votado.

Justificaciones aceptadas por no votar

  • No poder votar por mandato legal
  • Por motivos de salud
  • Por calamidad doméstica ocurrida el día de las elecciones u ocho días antes
  • Encontrarse fuera del país o con llegada el mismo días (7 de febrero)
  • Quienes por voto facultativo, no están obligados a votar.

Cuáles son las multas

  • Por no asistir a la capacitación $40
  • No ir a votar $40
  • No cumplir con ser miembro de la JRV $60
  • Abandonar funciones de la JRV va desde $4,000 a 8.000)

Cuándo se puede pagar

Se puede pagar 90 días después de haber proclamado los resultados por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE), una vez que se cumpla la segunda vuelta, que será el próximo 11 de abril del año en curso.

By Radio Morena

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