TRES DÍAS DE IVA AL 8 % EN TURISMO

En los tres días considerados como feriado de Semana Santa: viernes 7, sábado 8 y domingo 9 de abril se activará la reducción del impuesto al valor agregado (IVA) a los productos y servicios del sector turístico, esto incluye a los pasajes de avión y restaurantes, por ejemplo.

El director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones, indicó que en este feriado se podrán comprar boletos aéreos con el IVA reducido al 8 % sin importar la fecha en los que sean utilizados. La tarifa normal de este impuesto es del 12 %.

Esto porque el SRI realizó el 15 de febrero de este 2023 una reforma para aplicar la reducción del IVA cuando los comprobantes de venta sean emitidos en las fechas establecidas por decreto para la reducción de este impuesto.

Así modificó el artículo 3 de la resolución n.º NAC-DGERCGC22-00000010:

  • Se sustituyó el primer inciso de dicha resolución para establecer que “la tarifa reducida del IVA en la prestación de servicios definidos como actividades turísticas aplicará cuando los comprobantes de venta sustento de tales operaciones sean emitidos en las fechas establecidas en los decretos…”.
  • Se eliminó el inciso que dispone que “excepcionalmente y en atención a la naturaleza del servicio, en el caso de adquisición de boletos aéreos, se aplicará la tarifa de IVA reducida, respecto del servicio prestado en las fechas señaladas (feriados), sin perjuicio de la fecha de emisión de estos. Si los servicios prestados no se llegasen a efectuar en las fechas respecto de las cuales aplica la reducción de la tarifa de IVA, se deberá liquidar el impuesto con la tarifa del 12 %”.

Antes la reducción de la tarifa del IVA se aplicaba únicamente a los servicios de actividades turísticas prestados en los feriados establecidos para la rebaja de este impuesto y sustentados en comprobantes de venta válidos emitidos en tales fechas, excepto la compra de boletos aéreos. En esos casos se aplicaba el 8 % del IVA si el vuelo era en las fechas beneficiarias de la reducción, sin perjuicio de la fecha de emisión de estos.

Las empresas y negocios que están habilitados para reducir el IVA del 12 % al 8 % son aquellos que constan en el catastro nacional de establecimientos que cuentan con el registro de turismo. Actualmente en ese listado que está disponible en Catastro nacional de Establecimientos Turísticos y Guías de Turismo Continente – Portal Servicios Mintur constan 23.217 establecimientos, cuarenta adicionales a los que estaban registrados para el feriado de carnaval.

 

Fuente: Diario El Comercio

By editormorena

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