El calendario electoral aprobado por el Consejo Nacional Electoral CNE para la elección del domingo 16 de noviembre de 2025, llegó a la semana decisoria, son los últimos días de la campaña, que concluye este jueves 13 de noviembre con actos de cierre, de organizaciones sociales y políticas que se inscribieron y no, para hacer campaña en el CNE.
El viernes 14 de noviembre inicia el silencio electoral y con ello, la prohibición de todo tipo de proselitismo que tenga que ver con los comicios del domingo 16 de noviembre, ese mismo día a las 12h00 del medio día inicia la Ley Seca, que dura hasta el lunes 17 de noviembre 12h00, un día después que millones de ecuatorianos acudan a las urnas.
Son 13.9 millones de personas habilitadas para sufragar en 4463 recintos electorales, para los cuales el CNE seleccionó 291080 miembros de las Juntas Receptoras del JRV.
Los ecuatorianos deben decir SI o NO a cuatro preguntas que constarán en la papeleta con letras: A, B, C y D, las tres primeras corresponden al Referéndum y la última es la única pregunta de Consulta Popular.
La diferencia entre Referéndum y Consulta Popular:
El Referéndum se utiliza solo para reformas constitucionales, que no alteren la estructura fundamental del Estado, que no establezcan restricciones a los derechos y garantías o modificaciones al procedimiento de reforma de la Constitución. Las tres preguntas de referéndum reforman la Constitución en cuanto a lo que tiene que ver con la autorización para instalar bases militares extranjeras en Ecuador, la eliminación del Fondo Partidario Permanente que perciben los partidos políticos que cumplen los requisitos para subsistir y la reducción del número de legisladores. Aunque la única pregunta de Consulta Popular pide a los ecuatorianos la autorización para la instalación de una Asamblea Constituyente en Ecuador esta no altera ni reforma la carta magna. Si esta pregunta obtiene el favor popular, en consecuencia, habría dos Asambleas en nuestro país, una Nacional y una Constituyente, pero, además, los ecuatorianos estaríamos obligados a acudir a dos procesos electorales inmediatos: uno para elegir a los nuevos legisladores constituyentes y la siguiente de referéndum4 para aprobar o no, una nueva Constitución.
Las preguntas que constarán en la papeleta del domingo 16 de noviembre son las siguientes:
REFERÉNDUM
PREGUNTA A
DECRETO EJECUTIVO No. 147 Actualmente, la Constitución de la República del Ecuador no permite el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares, y prohíbe ceder bases militares a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras.
PREGUNTA: ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
PREGUNTA B
DECRETO EJECUTIVO No. 149 Actualmente, la Constitución de la República del Ecuador establece la obligación del Estado de entregar recursos económicos a los partidos y movimientos políticos.
PREGUNTA: ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
PREGUNTA C
DECRETO EJECUTIVO No. 173
PREGUNTA: ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional?
CONSULTA POPULAR
PREGUNTA D
DECRETOS EJECUTIVOS No. 153 Y 155
PREGUNTA: ¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?







